Switch Language

El Covid-19, fuerza mayor o caso fortuito en materia tributaria

El Covid-19, fuerza mayor o caso fortuito en materia tributaria

by Carvajal Tributario, 30 marzo, 2020

La llegada del covid-19 a Colombia tendrá efectos importantes que trascenderán el ámbito de la salud y se reflejarán en la economía. Empresas de diferentes sectores, como el turístico y hotelero, tendrán que priorizar el manejo de sus recursos para cubrir gastos laborales, administrativos y, por supuesto, tributarios, en un momento en el que ven una disminución notable de sus ingresos.

Entre las medidas tomadas por las autoridades para mitigar los efectos de esta emergencia sobresale el estado de emergencia económica declarado por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 417 del 17 de marzo del 2020, en la cual se establece la suspensión de pagos de dos cuotas en créditos vigentes, la apertura de líneas de crédito para garantizar pagos de nómina y la implementación anticipada del esquema de devolución del IVA para las poblaciones más vulnerables, inicialmente pensada para enero del 2021, pero que dada la coyuntura, iniciaría en abril del 2020.

En cuanto a las declaraciones tributarias de impuestos nacionales, el Gobierno expidió el Decreto 401 del 13 de marzo del 2020, para prorrogar las fechas de presentación y pago del impuesto de renta de la vigencia fiscal 2019, del IVA respecto del bimestre marzo-abril y del cuatrimestre enero-abril del 2020, únicamente para las empresas dedicadas al transporte aéreo comercial de pasajeros, los contribuyentes que prestan servicios hoteleros y los contribuyentes que tengan como actividad económica principal las actividades teatrales, de espectáculos musicales en vivo y otras de entretenimiento similares.

Lea el resto del artículo aquí. Fuente: Ámbito Jurídico

Suscríbase a nuestros boletines

* indica requerido

Sígueme en Twitter